PROYECTO DE PLAN DE FACILIDAD DE DE PAGO
El primer capítulo refiere al plan de pagos a 5 años (60 cuotas) que prevé
un interés del 1,5% mensual para deudas vencidad hasta el 31 de diciembre
próximo. En este caso se trataría de una moratoria, ya que establece el
perdón de las sanciones no firmes y el total de los intereses.
Para ingresar al régimen de regularización que impulsará el Gobierno de
Macri, se exigirá un pago inicial de 5% del monto adeudado. El régimen
contempla la cancelación de deudas impositivas y previsionales.
PROYECTO DE BLANQUEO
La segunda parte del proyecto consiste en un blanqueo que estará vigente
hasta 2017, con costos que irán aumentando, según la fecha de adhesión. El
costo de la exteriorización de bienes y moneda extranjera que se quede en el
exterior será de 8% el primer año y 10% el segundo. Y en caso de que se
transfieran al país, serán de 5% y 7%, respectivamente.
En tanto, si los fondos blanqueados se destinan a la compra de títulos
privados de deuda con cotización en mercados regulados, y cuyo plazo de
amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja a 4%. El
título o el producido de su venta debe permanecer en el país durante 3 años.
En cambio, si el destino sea un título emitido por el Estado nacional, cuyo
plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja
hasta el 3%. También se exige la permanencia en el país durante 3 años.
Otra alternativa prevista en el proyecto, refiere a si los dólares o pesos
«blanqueados» se invierten en la compra en el país de inmuebles nuevos,
construidos o que obtengan certificado final de obra a partir de la vigencia
de la ley, se destinen a la adquisición de bienes de capital, o se utilicen
para capitalizar sociedades constituidas en el país. En este caso, la tasa
de blanqueo será del 3 por ciento.
NO APLICACION DENUNCIA PENAL POR EVASION FISCAL Y LAVADO DE DINERO
Para evitar que quienes adhieran sean denunciados por el delito de lavado de
dinero, el proyecto establece que los bancos no deberán informar a la UIF
cuando el origen de los fondos sea la evasión fiscal. También se prevé la
condonación de todos los impuestos, salvo en caso de que haya facturas
apócrifas, liberando de las sanciones establecidas de la Ley Penal
Tributaria.
Como requisito, el blanqueo pide estar inscripto ante la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dos años antes de la vigencia de la ley.
CREDITO DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS POR TRAER AL PAIS BIENES QUE ESTEN EN EL
EXTERIOR PERO DECLARADOS FISCALMENTE
El tercer capítulo del proyecto establece un descuento de 10% del Impuesto a
las Ganancias a quienes traigan al país bienes o moneda que tenían
declarados en el exterior. Cuando lo que traigan al país lo apliquen a
actividades específicas, tendrán también un crédito impositivo. La
diferencia con el blanqueo , es que este ultimo se refiere a bienes no
declarados. En cambio el credito se aplica a bienes declarados y se traigan
al pais para estimular la inversion.
PEDIDO DE INFORMACION DE LOS BANCOS
En tanto, se establece que la AFIP no podrá solicitar información a los
bancos nacionales y extranjeros de cuentas de contribuyentes que hayan
exteriorizado bienes o fondos.
«La AFIP quedará impedida de solicitar información y extractos bancarios
anteriores al 31 de diciembre de 2015, tanto a entidades bancarias,
financieras u otras del exterior», como a los del país, «con relación a los
portafolios y cuentas de cualquier tipo, tanto en el país como en el
exterior, de todos aquellos contribuyentes que realicen la exteriorización»
que propone el proyecto.
Se encuentra aún bajo estudio, modificar el tope del impuesto sobre los
bienes personales para llevar el minimo de 305.000$ a $1.000.000