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Prevención de lavado

Prevención de Lavado

Prevención de Lavado

Prevención de lavado de activo

Con el objeto de dar respuesta a las obligaciones estipuladas por las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera, las Comunicaciones del Banco Central de la República Argentina y demás organismos ó instituciones financieras internacionales (Recomendaciones del GAFI y del GAFISUD, Resoluciones de Bancos Corresponsales del exterior), nuestro estudio se encuentra abocado a la prestación de servicios relacionados con esta normativa, con el fin de que los sujetos obligados estipulados en el artículo 20 de la Ley 25.246, puedan tomar cabal conocimiento de los cursos de acción que deben seguir, a los efectos de cubrir su responsabilidad en una materia tan sensible y tan actual como lo constituye el Lavado de Activos Ilícitos y el Financiamiento de Terrorismo.

Sin perjuicio de lo mencionado, en nuestro carácter de sujetos obligados por expresa disposición legal; hemos implementado un programa de trabajo adicional de anti-lavado a nuestras tareas profesionales, con la finalidad de cumplir diligentemente nuestras responsabilidades de auditores externos y/o síndicos. Nuestros Servicios Profesionales: Cursos de capacitación, entrenamiento específico y test de evaluación de conocimiento.

Los sujetos obligados tienen la obligación de desarrollar programas formales de capacitación dirigidos a todos sus funcionarios y empleados. Su principal finalidad es concientizar e instruir en la normatividad y la prevención del lavado de activos y el financiamiento de terrorismo.

De esta forma se facilita el cumplimiento de sus deberes y garantiza la seguridad institucional y personal de todos los funcionarios, ya que orienta en la aplicación adecuada de las políticas y los procedimientos de control interno desarrollados por la entidad, conforme a las exigencias de la Unidad de Información Financiera, el Banco Central de la República Argentina y las mejores prácticas internacionales (GAFI/GAFISUD/Act Patriot USA).

Nuestro enfoque metodológico se base en adaptar la capacitación y el entrenamiento a la realidad de la Entidad, de sus clientes y a su mercado; para ello utilizamos la exposición teórica para nivelar los conocimientos de los auditorios, y la realización y resolución de casos prácticos. Desarrollo y elaboración de Manuales de Políticas y Procedimiento de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo.

A los efectos de llevar adelante una correcta gestión de prevención de lavado de dinero y de financiamiento de terrorismo, se deben establecer políticas internas y manuales que incluyen las políticas, los parámetros y procedimientos para cumplir con la ley local en esta materia, las regulaciones aplicables a nivel internacional y así reducir la posibilidad de abuso criminal.

Los procedimientos deberán tratar sobre: nivel de conocimiento de los clientes, aperturas de cuentas, monitoreo de las ya existentes, flujos de información y las relaciones con la Unidad de Información Financiera local y con el Banco Central de la República Argentina Diseño e implementación de la Política de «Conozca a su Cliente» Los sujetos obligados deben desarrollar un programa de prevención basado en el conocimiento de su cliente en sus tres aspectos, la aceptación, la identificación y el seguimiento de las operaciones de los clientes. Para esto, deben definir las políticas, los procedimientos y los sistemas de control interno que permitan prevenir y detectar operaciones inusuales y/o sospechosas para que no sean usadas sus organizaciones para lavar dinero o financiar al terrorismo.

Esta necesidad es satisfecha mediante nuestro asesoramiento personalizado para la definición y la elaboración de la matriz de riesgo de la entidad en un todo de acuerdo con el perfil de su clientela y el volumen de sus operaciones, en la definición e implementación de los perfiles de los clientes, en la instrumentación de la integración y la actualización de los legajos basados en riesgos y el monitoreo de las operaciones de los clientes. Asistencia al Oficial de Cumplimiento La responsabilidad asignada al Oficial de Cumplimiento es satisfecha mediante la realización de las tareas y los procedimientos regulares que sustenten el cumplimiento de sus obligaciones.

Tal función necesita del asesoramiento permanente en la materia, como así también la asistencia en el monitoreo de los sistemas de control implementados para estar en línea con las nuevas tipologías de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo. Por ello hemos desarrollado la figura de asistente externo al Oficial que satisface el alcance mencionado. Realización de Auditorías de Cumplimiento. Un programa de cumplimiento aceptable para la prevención de lavado de activos y de financiamiento del terrorismo debe incluir auditorías periódicas realizadas por un auditor independiente, con la finalidad de determinar la existencia, el funcionamiento y la efectividad del Programa Antilavado implementado.